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su condición física, por lo que es muy importante la pre-
vención”. Enumeró entre los responsables de proteger las
condiciones de trabajo a la Dirección Nacional de Comercio
Interior, a la Superintendencia de Riesgo de Trabajo, a las
Aseguradoras de Riesgo de Trabajo, a los empleadores y a
los sindicatos”.
El gerente de la Cámara Argentina de Seguridad (CAS) rei-
teró que está regulada la producción de cascos, protección
visual, manos y pies. “Todavía está sin regulación la protec-
ción respiratoria, la auditiva, los arneses y la indumentaria”.
“
Los organismos de certificación deben demostrar si están
en condiciones de cumplir esta tarea. Lo mismo sucede con
los laboratorios de prueba.
No hay datos fidedignos y al día que demuestren la realidad
del mercado”, manifestó Martínez al advertir que “en algu-
nos casos se ignora la obligación de comprar elementos de
protección personal certificados”. Y añadió: “Alejándose de
Buenos Aires muchas de estas cosas son ignoradas.
En la compra no se consulta al responsable de higiene y se-
guridad porque se busca el mejor precio o la mejor condi-
ción de pago. Además, en la ferretería siempre debajo del
mostrador hay un producto más barato”.
Al hablar de la resolución 299/11 por la cual se reglamenta
la provisión de elementos de protección personal, Martínez
señaló que vino a complementar la resolución 869/99 por-
que “está prohibido comercializar elementos de protección
personal sin certificar”. “Cuando logramos la resolución
896/99
nos pusimos muy contentos pero pasaron los años
y vimos que desde el punto de vista legal teníamos respal-
do, pero en el mercado pasaba otra cosa. Faltaba la pata
para mejorar la implementación de la resolución.
Desde la Cámara Argentina de Seguridad y a través de la
Comisión Permanente de Seguridad, Higiene y Medicina
del Trabajo , le propusimos a la Superintendencia de Riesgo
de Trabajo establecer una normativa de cumplimiento efec-
tivo.
La Superintendencia de Riesgos de Trabajo tomó conciencia
y en un año pudimos sacar la resolución 299 que ya se en-
cuentra en vigencia. Dispone la instauración de una ficha
individual para cada trabajador donde consta qué tipo de
elemento de protección personal se le entrega.
Va a ser una tarea difícil pero la resolución 299 es el cie-
rre de lo que venimos haciendo. A partir de ahora, desde el
punto de vista legal ya no hay excusas para que un trabaja-
dor no se le suministre y utilice un elemento de protección
personal certificado, que significa que lo protegerá efecti-
vamente del riesgo para el cual fue diseñado, porque fue
realizado bajo las normas necesarias para cumplir con su
misión”, concluyó.